Usos de la cláusula de carencia en el contrato de arrendamiento

Usos de la cláusula de carencia en el contrato de arrendamiento

La cláusula de carencia en los contratos de arrendamiento es algo bastante habitual, aunque para garantizar la seguridad jurídica del arrendador y del arrendatario, conviene que se conozca bien el propósito de la misma, así como se detallen las condiciones que la rigen.

Una cláusula de carencia en el contrato de arrendamiento señala un período en el cual el arrendatario ya tiene la posesión del inmueble, pero durante el mismo no abona la renta pactada. Esto es algo que ambas partes concuerdan entre sí, y existe una causa que lo motiva, además de estar determinado claramente en el tiempo.

Cláusula de carencia en el contrato de arrendamiento

Pueden ser muy diferentes las cláusulas de carencia en un contrato de arrendamiento. Al fin y al cabo, las partes pueden libremente acordarlas. Las más comunes son las que se refieren al inicio del alquiler, sobre todo en el caso de nuevos negocios, en los que puede existir un mes sin abono de la cuota mientras se constituye la actividad. También resulta bastante habitual que el inquilino pacte no abonar la renta por hacerse cargo de las obras de un local.

La recomendación es que siempre se encomiende la redacción de los contratos de arrendamiento a profesionales, vayan a incluir o no una cláusula de carencia en el mismo. Sin embargo, como recomendación general a la hora de incluirla, debería tenerse en cuenta:

  • Causa de la carencia. Debe especificarse claramente, ya que es lo que va a motivar la situación jurídica concreta.
  • Período de la carencia en el contrato de arrendamiento. Debe definirse también de manera clara por cuánto tiempo se va a extender dicha carencia. Es preferible señalar una fecha y proponer motivos de ampliación en el contrato que dejarla abierta a cuestiones que solo dependen de una parte, como por ejemplo, la finalización de las obras.
  • Condiciones particulares. Se recomienda hacer un detalle concreto de las condiciones particulares de dicha carencia, detallando las obras que se van a ejecutar si es el caso, o cualquier otra razón que condicione la causa de la misma.

Si tienes dudas sobre cómo incluir cláusulas de carencia en el contrato de arrendamiento o buscas asesoramiento concreto, en Cushman & Wakefield podemos ayudarte. Nuestros expertos en alquiler pueden buscar un local por ti en el que el propietario esté dispuesto a incluir esta cláusula, o si tienes un local para alquilar, podemos encontrar el inquilino adecuado. Consúltanos sin compromiso.

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