¿Qué es el IBI y como se calcula?
Los propietarios de un inmueble tienen que hacer frente a distintas obligaciones, entre las que se encuentra el IBI. En Cushman & Wakefield ofrecemos información a nuestros clientes sobre todos los elementos asociados a una propiedad. En este caso detallamos aspectos tan determinantes como qué es el IBI, quién lo paga y a cuánto puede ascender su importe.
¿Qué es el IBI y que tipo de impuesto es?
Las siglas IBI hacen referencia a “Impuesto de Bienes Inmuebles” y consiste en un impuesto local obligatorio que grava la propiedad de bienes inmuebles, ya sean urbanos, rústicos o de características especiales.
Además, se aplica indistintamente a viviendas particulares o espacios profesionales, es decir que en un contrato de alquiler de locales en Madrid, por ejemplo, también se valoraría el pago del IBI, que más adelante indicamos de quién sería responsabilidad.
¿Quién debe pagar el IBI y cómo se calcula?
Quién paga el IBI de una casa es una de las cuestiones más frecuentemente planteadas, sobre todo en contratos de compraventa y alquiler.
La norma general es que el IBI debe ser afrontado por aquella persona que figure como propietaria de la vivienda el 1 de enero de ese año. El IBI no prorratea, es decir que esa persona tendrá que pagar la anualidad al completo, incluso aunque venda el inmueble en el mismo mes de enero.
¿Cuánto se paga de IBI por un piso?
La cuestión de cuánto se paga de IBI es más compleja, ya que depende de dos factores:
- Valor catastral del inmueble.
- Impuesto que aplica el ayuntamiento en su municipio.
Por lo general, el IBI para un piso suele ser un poco más bajo porque el valor catastral asociado así lo es también en comparación a una casa. Sin embargo, es algo muy variable tanto por inmueble como por municipio.
Tomando como referencia las capitales de cada Comunidad Autónoma, estos son los importes de IBI para cada región vinculados a pisos:
Comunidad Autónoma | IBI por propiedad urbana |
Andalucía | 0,7334% |
Aragón | 0,5084% |
Asturias | 0,679% |
Baleares | 0,605% |
Canarias | 0,524% |
Cantabria | 0,459% |
Castilla y León | 0,6144% |
Castilla-La Mancha | 0,448% |
Cataluña | 0,75% |
Comunidad Valenciana | 0,806% |
Extremadura | 0,7% |
Galicia | 0,51% |
Madrid | 0,510% |
Murcia | 0,6421% |
Rioja | 0,59% |
Ceuta | 0,76% |
Melilla | 0,80% |
¿Cuánto se paga de IBI por una casa?
Como se puede comprobar en la siguiente tabla, el IBI para propiedades rústicas es distinto.
Hay que tener en cuenta que muchas de estas propiedades son casas y no pisos, de ahí que normalmente se haga tal distinción entre estos dos tipos de viviendas. Sin embargo, no hay que olvidar que sobre el valor catastral, único por vivienda, el IBI municipal es único para todos los inmuebles de la misma tipología.
Comunidad Autónoma | IBI por propiedad rústica |
Andalucía | 0,699% |
Aragón | 0,7% |
Asturias | 0,798% |
Baleares | 0,735% |
Canarias | 0,3% |
Cantabria | 0,87% |
Castilla y León | 1,07% |
Castilla-La Mancha | 0,848% |
Cataluña | 1% |
Comunidad Valenciana | 0,437% |
Extremadura | 1,17% |
Galicia | 0,51% |
Madrid | 0,567% |
Murcia | 0,664% |
Rioja | 0,89% |
Ceuta | 0,76% |
Melilla | 0,80% |
¿Quién paga el IBI en una compraventa?
A continuación establecemos la diferencia entre quién paga el IBI en caso de un alquiler de oficinas en Barcelona o la compra de las instalaciones.
En las operaciones de compraventa de un inmueble se suele prorratear el importe cuando se lleva a cabo a lo largo del año, en función del tiempo en que se haya responsabilizado cada uno de la propiedad.
En este sentido, si un contrato de alquiler de locales en Barcelona se formalizase el 1 de julio, el importe a pagar del IBI correspondería a un 50% para el comprador y un 50% para el vendedor.
¿Quién debe pagar el IBI en un alquiler?
Quién paga el IBI en una compraventa es algo negociable y que puede variar mucho por cada operación, ahora bien, quién paga el IBI en un alquiler es algo mucho más sencillo: según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es responsabilidad del propietario.
Por tanto, en una operación como la de un alquiler de oficinas en Madrid, sería el propietario del inmueble el responsable de su pago.
En Cushman & Wakefield nos comprometemos a ofrecer un servicio personalizado, integral y de excelencia, para proveer a nuestros clientes de las mejores soluciones. Si tiene cualquier consulta que realizar acerca del IBI y otros impuestos vinculados a una vivienda, no dude en contactarnos.