Contrato de alquiler de naves industriales: Todo lo que tienes saber

contrato nave industrial

Contrato de alquiler de naves industriales: Todo lo que tienes saber

En Cushman & Wakefield estamos especializados, entre otros servicios, en el alquiler de naves industriales. Este tipo de trámites suscita dudas entre algunos clientes, por lo que vamos a detallar todo lo relativo al contrato de estas operaciones.

El contrato de alquiler de una nave es la cesión de un tipo de inmueble para un destino distinto al de vivienda a cambio de una cuantía. Se trata de un documento en el que el propietario o arrendador cede el uso y disfrute de su inmueble al inquilino o arrendatario a cambio de un precio y por un tiempo determinado, destinado al ejercicio de una actividad empresarial.

A la hora de firmar un contrato de alquiler de nave industrial, el documento debe contener claramente las obligaciones y derechos del arrendador y del arrendatario.

En el texto del contrato de arrendamiento debe detallarse información que defina aspectos tan importantes como la duración del contrato, procedimiento para su renovación, la fianza requerida y en concepto de qué, si incluye un periodo de carencia, la actividad que se va a desarrollar en el inmueble

7 claves de un contrato de alquiler de nave industrial

El contrato de alquiler de naves industriales puede incluir una gran cantidad de información importante, para tener claras las condiciones en las que se cierra esta operación. De todos los apartados, hay 7 en concreto que condicionan en gran medida las características del arrendamiento y el precio final de la operación.

1.Duración del contrato

Establecer la duración del contrato, lo más habitual es que sea de 5 años, prorrogables por otros 5 años revisando la cuantía establecida como renta. En los casos en los que tras la finalización del contrato ninguna de las partes se comunica en el plazo establecido, se prorrogará por un año.

2. Precios y pago

El importe de la renta, así como el periodo de pago de la misma, normalmente es mensual, además de establecer el plazo de pago para cada periodo. También debe establecer las variaciones de la renta de alquiler que se suelen asociar a índices oficiales como el IPC (Índice de Precios de Consumo)

También se debe determinar quién se hará cargo de otros gastos del inmueble, como el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) o Tasa de Residuos Urbanos de Actividades (Basuras), así como de los suministros del inmueble. Lo más frecuente es que corra a cargo del arrendatario.

3. Tipo de uso de la nave industrial

Detallar el uso y destino de la nave industrial, según el tipo de actividad puede contar con licencias o conllevar ciertos problemas para obtenerlas, además de que un cambio en la actividad por parte del arrendatario puede suponer inconvenientes al arrendador en caso de reclamaciones.

4. Responsable de los daños

Es recomendable incluir quién será responsable en caso de producir daños a personas o bienes, lo más habitual es que este riesgo esté asociado a la actividad que desarrolla el arrendatario por lo que el arrendador puede exigir la contratación de un seguro de responsabilidad civil por el mismo periodo que dure el contrato y sus prórrogas.

5. Responsable del mantenimiento

Establecer quién se hará cargo de las reparaciones y trabajos de mantenimiento en la nave industrial, en este punto pueden dividirse entre las asociadas al inmueble, de las que se haría cargo el arrendador, y las asociadas a su uso, que corresponderían al arrendatario.

6.Dimensiones:

Identificar las dimensiones del espacio disponible, tanto superficie útil en el interior, como también en el exterior. Muchas empresas requieren de sus naves industriales espacio alrededor para el transporte de mercancías y la llegada y salida de maquinaria o vehículos.

7.Garantías y fianza:

Establecer una cantidad económica de fianza, normalmente fijada en la cantidad equivalente a 2 mensualidades. En algunos contratos de alquiler de naves logísticas y/o industriales también se incluyen garantías adicionales que amplían la fianza, como avales, seguros de impago y similares.

¿Cómo hacer un contrato de arrendamiento para una nave industrial?

Es importante contar con modelos de contratos de alquiler de naves, para agilizar el trabajo todo lo posible y adaptar a cada uno las condiciones particulares de cada inmueble y de cada parte.

En todo contrato de arrendamiento de nave industrial los datos imprescindibles para completar son los siguientes:

  • Identificación de cada parte
  • Descripción del inmueble
  • Condiciones del alquiler
  • Duración del contrato
  • Garantías y fianza
  • Uso de la propiedad y modificaciones
  • Mantenimiento y reparaciones
  • Cláusulas adicionales
  • Espacio para firmas

Modelos de contrato de alquiler de naves industriales:

A continuación facilitamos distintos modelos de contrato de alquiler de naves industriales, en los que queda reflejada toda la información necesaria para cerrar este tipo de operaciones.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO

En Madrid, a ____ de ____ de 202_

REUNIDOS:
De una parte, D. ____, mayor de edad, con N.I.F. nº ____, y con domicilio en
C/____ – Madrid.
De otra parte, D. ____, con N.I.F. nº ____, mayor de edad y con domicilio en
C/____ – (Madrid).
INTERVIENEN:
El primero, señor ____, en nombre y representación de la sociedad mercantil
____., con C.I.F.: ____, y domiciliada en C/____– Madrid, como administrador único,
según el poder otorgado ante Notario D. ____, el día ____ con nº ____ de su protocolo,
en adelante la Parte Arrendadora.
El segundo, D. ____, en nombre y en representación de la sociedad ____ con
domicilio social en C/____ – Madrid y con C.I.F.: ____ como administrador único,
según poder otorgado ante el notario D. ____, con fecha ____, y nº ____ de su
protocolo, en adelante Parte Arrendataria.
A todos los efectos, los citados domicilios de ambas partes, se considerarán tales
para las notificaciones derivadas del presente contrato, que deban hacerse tanto
arrendador como arrendatario.
Ambos se reconocen capacidad legal y suficiente para celebrar este contrato de
arrendamiento y, a tal fin
MANIFIESTAN
Que la sociedad ____, es titular en concepto de dueña de los siguientes inmuebles:
Naves sitas en C/____ en Polígono Ind. ____ – (280____) Madrid, con una
superficie por cada nave de ____ m2 en planta baja, más ____ m2 de oficinas en su
entreplanta, totalizando una superficie de ____ m2 cada una, aproximadamente,
contando en su interior con lavabos e instalación eléctrica de alumbrado, en nave y
oficina.

REFERENCIA CATASTRAL : ____

Que parte arrendadora y parte arrendataria, han convenido el arrendamiento de
dicho bien y lo hacen de acuerdo con las siguientes,

CLAUSULAS

PRIMERA .- Que la parte arrendadora, cede en arrendamiento a la sociedad Parte
arrendataria, el uso del bien antes descrito, durante el plazo de ____ AÑOS, que
comenzará a contarse el día ____ de ____ de 201_, finalizando por tanto el día __ de ____
de 202_ según Ley 29/1994, de 24 de Noviembre de Arrendamientos Urbanos.
Llegado el vencimiento, este contrato se prorrogará tácitamente por periodos
anuales, salvo que cualquiera de las partes lo notifique a la otra, al menos con un
mes de antelación a la fecha de expiración del período contractual o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no prorrogarlo.

SEGUNDA .- La renta anual fijada, es de ____ EUROS (____.-€), que se hará
efectiva en doce mensualidades, a razón de ____ EUROS (____.-€), que se pagarán
por adelantado y en los primeros siete días de cada mes. mediante recibo que girará
el arrendador a la cuenta del Banco ____ , cuyos datos son: ____, de la que es titular
la arrendataria, a cuyo efecto, la arrendataria ha cumplimentado y entregado al
arrendador la ORDEN DE DOMICILIACION DE ADEUDO DIRECTO SEPA, cuya fotocopia se
adjunta como anexo a este contrato, quedando éste eximido de la obligación
establecida en el punto 4 del artículo 17 de entregar recibo de pago al arrendatario,
por quedar constancia mediante justificante bancario. No obstante, se hará entrega
de la correspondiente factura mensual.
La renta hoy pactada será objeto de revisión anualmente, en función de las
variaciones que experimente el Índice General Nacional de Precios al Consumo
señalado por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que, en un futuro,
pudiera sustituirle. A todos los efectos el índice inicial será el correspondiente al mes
anterior a la fecha del presente contrato.
La revisión se producirá siempre sobre la renta que se viniera satisfaciendo durante
la anualidad inmediatamente anterior a la fecha de la revisión. Dado que el Instituto
Nacional de Estadística publica sus índices con considerable retraso, la Parte
Arrendataria renuncia expresamente a la irretroactividad en la aplicación de la
revisión, de forma que, aunque la variación del índice se conozca con posterioridad,
la arrendataria queda obligada a pagar la renta resultante de la revisión, desde el
mismo día en que la misma proceda, según lo pactado en el presente contrato.

TERCERA.- Serán por cuenta de la Parte Arrendataria los gastos necesarios para
mantener el inmueble en el mismo estado en que se recibe, los gastos de comunidad,
la tasa de recogida de basuras y de entrada de carruajes, así como cualesquiera otros
servicios, tributos, cargas y responsabilidades que corresponden al local arrendado o
a sus accesorios.
A la fecha del contrato, el importe anual de los gastos de comunidad por cada
nave ascienden a 336 €, la recogida de basuras a 242,74 €, y la entrada de carruajes
a 35 €.
También serán de cuenta y cargo exclusivo de la Parte Arrendataria el importe del
consumo de los suministros (luz, agua, gas, teléfono etc.).
Serán por cuenta y cargo de la Parte Arrendadora todas aquellas reparaciones de
carácter estructural del inmueble que fueran necesarias para su uso, siempre que no
procedan de culpa, negligencia o mal uso de la Parte Arrendataria o terceros.

Asimismo, será a cargo de la Parte Arrendadora el impuesto sobre Bienes Inmuebles.

CUARTA .- La Parte Arrendataria se hace directa y exclusivamente responsable y
exime de toda responsabilidad a la propiedad y al administrador por los daños que
puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de instalaciones para sus
servicios y suministros del local arrendado.
Quedan exoneradas la propiedad y el administrador de toda responsabilidad por la
falta de cualquier suministro.

QUINTA .- La Parte Arrendataria recibe el local arrendado en perfecto estado para
el uso a que se destina, que es el de ____ y, en igual estado y a plena satisfacción
de la propiedad, tendrá que devolverlo cuando termine el contrato. La Parte
Arrendataria no podrá dedicarse a otra actividad distinta de la pactada sin
autorización expresa y escrita de la Parte Arrendadora.
La Parte Arrendataria autoriza a la propiedad, parte arrendadora, para que pueda
realizar las altas o cambios de titularidad que sean necesarios con las compañías
suministradoras de luz, gas y agua de la nave objeto del presente contrato.

SEXTA.- OBLIGACIONES INHERENTES. La Parte Arrendataria asume, bajo su exclusiva
responsabilidad, cuantas obligaciones de cualquier clase se deriven del ejercicio de su
propia actividad en el local arrendado, tanto por lo que se refiere a cuestiones fiscales,
corporativas o en relación con cualquier autoridad u organismo.

SEPTIMA .- La Parte Arrendataria podrá realizar en el local cuyo uso se le cede, las
obras que considere necesarias para la instalación del negocio, pero en ningún caso,
podrá provocar o contribuir a disminuir su estabilidad o seguridad, para cuyas obras
necesitará consentimiento expreso y por escrito del arrendador.
SEGURO. La Parte Arrendataria suscribirá antes de que el contrato comience a
desplegar sus efectos y durante toda la duración y prórrogas del presente
arrendamiento, una póliza de seguro contra incendio, daños a terceros y
responsabilidad civil por un importe mínimo de 500.000 €, siendo a su cargo el pago de
la prima correspondiente.
Así mismo, la Parte Arrendataria hará entrega a la Parte Arrendadora de copia de la
póliza de seguro y del pago de la prima anual, así como de sus renovaciones.
La Parte Arrendadora se compromete a suscribir una póliza de seguro contra
incendio, del continente de la nave arrendada.

OCTAVA .- RENUNCIAS.- La Parte Arrendataria hace expresa renuncia a:
1.- Los derechos de adquisición preferente, del artículo 25, en relación al 31, de la
Ley de Arrendamientos Urbanos, ya sea en su forma de tanteo o de retracto.
2.- El beneficio establecido en el artículo 32.1º de la vigente Ley de
Arrendamientos Urbanos, no pudiendo ceder o subarrendar en todo ni en parte, el
local de negocio objeto de este contrato, ni destinarlo a uso distinto del pactado, sin
el permiso escrito de la Parte Arrendadora.

3.- Al derecho a la indemnización otorgado por el artículo 34 de la Ley.
NOVENA .- La Parte Arrendataria se obliga al pago que corresponda por el
Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), en los términos y plazos que determine la
Ley y el Reglamento (Ley 37/1992 y reglamento aprobado por R.D. 1624/1992).
DECIMA.- Para responder y garantizar el cumplimiento de este contrato y, hasta
donde llegaren los daños y perjuicios que la Parte Arrendataria pudiere causar,
entrega éste en concepto de fianza la cantidad de ____ EUROS (____.-€), dicha
cantidad no será devuelta a la Parte Arrendataria hasta que terminado el plazo de
vigencia del contrato de arrendamiento se haga entrega a la Parte Arrendadora del
inmueble objeto del presente contrato, y tenga cumplimentadas todas y cada una de
las obligaciones del mismo, tales como rentas pendientes de pago, sin perjuicio de la
responsabilidad ilimitada de la Parte Arrendataria, al pago de las reparaciones,
deudas y responsabilidades contraídas.

UNDECIMA.- FUERO.- Con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera
corresponderles, las partes contratantes se someten a los Juzgados y Tribunales de
Fuenlabrada, para toda cuestión derivada de la interpretación o cumplimiento del
presente contrato, en cuyo contenido se afirman y ratifican, firmándolo por
duplicado en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.
Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, firman el presente contrato por
duplicado en el lugar y fecha arriba indicado.
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO

PROTECCION DE DATOS.-
Parte arrendadora, es el Responsable del tratamiento de los datos personales del Interesado y le informa que estos datos serán
tratados de conformidad con lo dispuesto en las normativas vigentes en protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679
de 27 de abril de 2016 (GDPR), la Ley Orgánica (ES) 15/1999 de 13 de diciembre (LOPD) y el Real Decreto (ES) 1720/2007 de 21 de
diciembre (RDLOPD), por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:
Fin del tratamiento: mantener una relación comercial mediante el envío de comunicaciones de nuestros productos o servicios y para
la prestación de los servicios contratados.
Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y
cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los
datos o la destrucción total de los mismos.
Comunicación de los datos: no se comunicarán los datos a terceros, salvo obligación legal.
Derechos que asisten al Interesado:
– Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento.
– Derecho de acceso, rectificación, portabilidad y supresión de sus datos y a la limitación u oposición a su tratamiento.
– Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (agpd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la
normativa vigente.
Datos de contacto para ejercer sus derechos:
Parte arrendadora, CALLE ____ (MADRID)
Para realizar el tratamiento de datos descrito, el Responsable del tratamiento necesita su consentimiento explícito o el de su
representante legal.
El Interesado consiente el tratamiento de sus datos en los términos expuestos:
Nombre: D. ____, con NIF.____
Representante legal de ____, con CIF.____
Firma:

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la duración mínima de un contrato de alquiler de una nave industrial?

Los contratos de alquiler de naves industriales se rigen por la voluntad de las partes, es decir, que son el arrendador y el arrendatario quienes negocian la duración del contrato, así como las posibles prórrogas del mismo cuando el plazo establecido finaliza

¿Quién paga el IBI de una nave industrial alquilada?

Este es otro aspecto que deben negociar las partes, lo más habitual es que el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles corra a cargo del arrendatario, pero puede decidirse que lo pague el arrendador.

Desde Cushman & Wakefield tenemos como principal objetivo ayudar a nuestros clientes a encontrar el espacio idóneo que necesitan para su empresa. Contacte con nosotros para obtener asesoramiento sobre el contrato de arrendamiento de nave industrial o de cualquier otra tipología de inmueble.

Compartir el post



[custom-twitter-feeds num=1]