¿Es obligatorio el certificado energético para naves industriales?

¿Es obligatorio el certificado energético para naves industriales?

Una de las cuestiones que más dudas genera sobre el Real Decreto 235/2013 es la afectación del certificado energético para naves industriales. De hecho, aunque la redacción de la norma indica claramente que la excluye de la obligación de disponer de este documento, hay algunas excepciones que vamos a detallar en el siguiente apartado. Antes queremos compartir el extracto normativo:

Se excluye de la obligación de disponer de certificado energético a: «edificios industriales, de defensa y agrícolas o partes de estos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales».

Excepciones a la no obligatoriedad del certificado energético para naves industriales

Tal y como se desprende de la norma, no sería necesario disponer de un certificado energético en aquellos espacios que se dedican a la producción. Los mismos suelen generalizarse como: almacenes, talleres, patios, parking, vestuarios,… A las mismas se las considera no habitables, y por esa razón no se exige el documento de certificación energética.
Pero, ¿qué ocurre con las zonas que sí se podrían considerar habitables en una nave industrial? Pues es precisamente por las mismas que se generan tantas dudas sobre la obligatoriedad o no del certificado energético para naves industriales. A continuación mostramos los dos casos en los que será necesario disponer del mismo:

  • Las naves industriales que se transforman en espacios de oficina, al ser considerados como habitables según la normativa sí deben disponer de un certificado energético.
  • En los demás casos, considerando que casi siempre se produce un uso mixto del espacio de la nave industrial, se considera que es obligatorio solicitar un certificado energético cuando existan más de 50 metros cuadrados destinados a zonas habitables. Es decir, oficinas y zonas de atención o venta al público. De disponer de esa cantidad de espacio o más, solo se exigirá certificación energética de la misma en lugar de toda la nave.

Aunque la norma sea bastante clara sobre la exigencia del certificado energético para naves industriales, en Cushman & Wakefield hemos detectado que puede resultar un valor diferenciador de cara a obtener una mayor demanda por parte de potenciales arrendadores o compradores. Por eso recomendamos solicitarlo e incluso podemos ayudarte con su tramitación porque somos un grupo líder que te acompaña en todo el proceso inmobiliario. Consúltanos sin compromiso si necesitas más información.

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